Proyectos Turísticos Especiales.
- Ernesto Gutierrez Castillo
- 23 ago 2020
- 3 Min. de lectura
Ernesto Gutierrez Castillo
Abogado. Derecho urbanístico, inmobiliario y administrativo.
Disponible también en el periódico el Universal: https://www.eluniversal.com.co/opinion/columna/proyectos-turisticos-especiales-AF3421064
Proyectos turísticos de gran impacto podrán desarrollarse mediante un nuevo instrumento de financiación y planeación territorial, reglamentado hace poco por el Decreto 1155 del 20 de agosto de 2020.
Los Proyectos Turísticos Especiales (PTE), son iniciativas públicas, privadas o en alianza entre ambos sectores, que buscan potencializar las áreas que poseen ciertas características geográficas, de conectividad y con valores culturales, sociales y ambientales, para convertirlas en sitios de alta importancia estratégica para el desarrollo o mejoramiento turístico del país; mediante la generación de infraestructura y equipamientos, utilizando mecanismos técnicos, jurídicos y financieros.
"Son las nuevas APP del sector turismo"
Con un billón 903 mil millones aprobados para el sector del turismo en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, los PTE se convierten en un instrumento atractivo para que el sector público y el sector privado, inviertan en el correcto desarrollo de las innumerables áreas del país que poseen las características necesarias para ser grandes destinos turísticos.
Para que una iniciativa pueda ser calificada como PTE, deberá generar beneficios en los siguientes ámbitos: 1. Fortalecimiento institucional de la oferta turística, 2. Atracción de inversión para infraestructura y conectividad para el turismo, enfocada al crecimiento económico, aumento de la demanda de bienes y servicios e incremento de valor agregado de la región, 3. Aumento significativo de la productividad y competitividad del sector en el ámbito nacional o regional, 4. Innovación y desarrollo empresarial en el sector turismo y 5. Fortalecimiento del capital humano.
Los PTE, estarán contenidos en unos instrumentos de planeación denominados como Planes Maestros, los cuales, se utilizan para planear el funcionamiento de las ciudades en aquellos aspectos como la movilidad, transporte, espacio público, servicios públicos, entre otros. Estos Planes Maestros, serán adoptados por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en los cuales se concretarían, entre otros aspectos, la delimitación, implantación, fases de desarrollo, esquemas de financiación y los responsables de la ejecución y del seguimiento de la infraestructura para los Proyectos Turísticos Especiales.
Existe una relación directa entre los PTE y el ordenamiento territorial. Lo anterior, ya que se debe contemplar en su proceso de adopción, lo previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente de donde se realizará el proyecto, en cuanto a las normas de clasificación y usos del suelo, la reglamentación ambiental y costera, entre otras.
Otra característica, es que los Proyectos Turísticos Especiales, se constituyen como determinantes de superior jerarquía en los términos del artículo 10 de la Ley 388 de 1997. Lo anterior significa, que los PTE serán normas de mayor jerarquía frente a los Planes de Ordenamiento Territorial, por lo que estos últimos deberán ajustarse o modificarse de ser necesario.
Los PTE, garantizarán su adecuada articulación con la protección de los valores ambientales, por lo que deberán obtener previamente a su ejecución, el correspondiente Plan de Manejo Ambiental y surtir los trámites respectivos ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) cuando sea necesario. De igual modo, deben asegurar la armonización con aquellas áreas o inmuebles declarados Bienes de Interés Cultural, debiendo atender las disposiciones contempladas en los Planes Especiales de Manejo y Protección (PEMP) y demás normas aplicables a este tipo de bienes.
En atención a lo anterior, existirá una permanente coordinación interinstitucional entre el Gobierno Nacional y los entes territoriales, de conformidad con el mismo Decreto 1155 de 2020, el cual establece un procedimiento de coordinación entre las distintas autoridades y la realización de mesas técnicas.
Respecto a la financiación de los PTE, se podrán incorporar mecanismos de participación público - privadas, reparto equitativo de cargas y beneficios, suscripción de contratos públicos, de fiducia y demás alternativas viables de acuerdo con el marco jurídico vigente.
Por último, esta figura contempla la utilización de la expropiación por vía administrativa según lo previsto en los artículos 63 y siguientes de la Ley 388 de 1997.
En estos tiempos donde las palabras más pronunciadas son “COVID-19” y “reactivación económica”, estas iniciativas no solo fortalecerían el sector del turismo sino también la economía en general. En Cartagena, por ejemplo, en donde existen 4 mil empresas inscritas en el Registro Nacional de Turismo que prestan servicios directos a dicho sector, y en donde más de 130 mil empleos son generados por el sector hotelero, comercial y de restaurantes -los cuales representan el 30% de los empleos de la ciudad-, los PTE se presentan como una de las soluciones para fortalecer, ordenar y diversificar el turismo, que se encuentra concentrado en el Centro Histórico. De igual manera, ciudades como Montería por ejemplo, que cuenta con su Río Sinú, podría hacer uso de este tipo de iniciativas para avanzar en proyectos al rededor de este cuerpo de agua, y promover el turismo, la conectividad y la economía, en conjunto con el sector privado y la Nación.
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