top of page
Buscar

Ciudad, Patrimonio y Tecnología 5G.

  • Foto del escritor: Ernesto Gutierrez Castillo
    Ernesto Gutierrez Castillo
  • 25 jul 2020
  • 4 Min. de lectura

Por: Ernesto Gutierrez Castillo

Especialista en derecho urbanístico, administrativo e inmobiliario.


“El internet de las cosas”. Así han llamado los expertos a la nueva red 5G que empieza a tocar nuestras puertas. La llaman así por considerarse entre otras cosas, que con ella podremos estar conectados permanentemente con casi todos los objetos y al mobiliario urbano. Con ella, se incrementaría la competitividad, el desarrollo de las ciudades inteligentes, la telemedicina, se mejorará el teletrabajo y podrá darse un paso más para cerrar la brecha social creada por la falta de conectividad.


Desde el año 2018, se vienen realizando pruebas en el país para la implementación de esta tecnología y el 23 de junio del presente, el Ministerio de las TIC aprobó que algunas empresas del sector podrán realizar pruebas con la 5G en algunas actividades como el control de temperaturas mediante cámaras térmicas, monitoreo medico remoto, entre otras. Dichas pruebas piloto se realizarán en Bogotá, Medellín, Cali, Barrancabermeja y Tolú. Lo anterior, nos ubica como uno de los dos países del continente americano junto con Estados Unidos, en desarrollar planes para la aplicación de esta tecnología.


Pero, ¿Como hacer para que las ciudades vayan preparando el camino para la llegada de esta nueva tecnología? La respuesta a este interrogante se responde desde varios ámbitos, pero especialmente desde el ámbito del ordenamiento territorial.


Con la expectativa de que para el año 2030 en América Latina se abrirá un mercado aproximado de US$41.000 millones con la 5G, es desde la regulación urbanística nacional y territorial, que se puede abrir parte del camino para que esta nueva red llegue a las ciudades.


Los instrumentos de ordenamiento territorial, específicamente los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) y los Planes Especiales de Manejo y Protección (PEMP), deben ser los que definan la mimetización de la tecnología con las ciudades. En este sentido, estos instrumentos deben establecer entre otras cosas lo siguiente: 1. Identificación de los lugares o áreas de cada ciudad en donde podrá realizarse la instalación de la infraestructura para las telecomunicaciones, 2. Establecer condiciones técnicas y arquitectónicas mínimas que se deben tener en cuenta para dicha instalación, 3. Un sistema de cargas y beneficios (contraprestaciones en favor de la ciudad por la instalación y operación de infraestructura de telecomunicaciones en espacios públicos), 4. Reglamentación para los procesos de licenciamiento y, en general, aquellas disposiciones urbanísticas para que las ciudades puedan recibir nuevas tecnologías.


En el documento “Plan 5G para Colombia” del MinTIC, quedó plasmado un estudio para la implementación de esta tecnología en el País y se dejaron establecidos una serie de retos entre los cuales está la “Evaluación y apoyo para reducir los altos costos en tiempo, dinero y esfuerzo (permisos) para el despliegue y puesta en servicio de nueva infraestructura, tanto de antenas como de fibra óptica”. Allí, se explica que existen dificultades para la obtención de los permisos para el despliegue de infraestructura especialmente en las ciudades y que dicho problema viene con la expansión de infraestructuras tanto de 3G como de 4G, por los temores de los gobiernos locales de contaminación visual y radioeléctrica.


Actualmente, existe un conjunto de normas a nivel nacional que promueven el despliegue de más infraestructura de telecomunicaciones y masificación del acceso a internet. La última de estas fue la ley 1978 de 2019, cuyo objeto es alinear los incentivos de los agentes y autoridades del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), aumentar su certidumbre jurídica y simplificar y modernizar el marco institucional del sector. Pero esas disposiciones del sector de las TIC, requieren articulación con otra serie de disposiciones nacionales del sector vivienda y del sector cultura, como las contenidas en el Decreto 1077 de 2015 y la ley 397 de 1997 respectivamente. Todo lo anterior, debe ir articulado también, con las normas municipales o distritales contenidas en los instrumentos de ordenamiento territorial, para que no existan contradicciones a la hora de aplicarlas.


Muchas ciudades en Colombia no cuentan con la reglamentación urbanística idónea, que le permita ni siquiera a las redes 3G y 4G operar en un cien por ciento, además, el patrimonio cultural e histórico de estas, se ve afectado por el incumplimiento de normas para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones. Una de esas grandes ciudades es Cartagena, la cual presenta problemas con la instalación irregular de la mencionada infraestructura.


Dicha problemática se encuentra especialmente en su centro histórico, donde se pretende ajustar la norma a los intereses particulares para la instalación de nuevas antenas, apoyados por la ausencia de un POT actualizado, la inexistencia de una regulación en el PEMP y la precaria reglamentación referente a la instalación de antenas de telecomunicaciones contenida en el decreto 0424 de 2003. Sin embargo, a pesar de su precaria reglamentación, se rescata entre sus disposiciones de manera clara, que para las intervenciones en el centro histórico y su área de influencia, se debe procurar a una correcta inserción de las obras y de las transformaciones previstas en el ambiente circundante, y se prohíbe la instalación de antenas de comunicaciones en partes visibles desde el exterior.


La tecnología está al servicio de la ciudad y de las personas, no lo contrario. Es aquella la que debe ajustarse al territorio y a quienes lo habitan. Para lograr esto, se necesita una regulación nacional articulada entre los distintos sectores (TICs, Cultura y Vivienda) y unos instrumentos de planificación actualizados y visionarios que apliquen las normas nacionales de acuerdo a las características de cada entidad territorial.

 
 
 

Comments


©2020 Ernesto Gutierrez & Asociados. Todos los derechos reservados 

bottom of page